Al dolor del fallecimiento de familiares o amistades se suma el denso trámite funerario. En este artículo te explicamos qué es un sepelio y cuáles son sus gastos.

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Cuando un familiar o una persona querida fallece, hay una serie de gestiones y trámites que debemos llevar adelante para que la familia y allegados se puedan despedir del difunto. Los más conocidos son el funeral y el sepelio; por lo general muchas personas suelen creer que son lo mismo, pero no: podríamos decir que son dos procesos que se complementan entre sí. En este artículo te explicamos qué es un sepelio y cuáles son los gastos asociados a él.
¿Qué son los gastos de sepelio?
Lo primero que debemos tener en cuenta es que los gastos de sepelio no serán los mismos que los del funeral. Para entenderlo de manera más sencilla, son dos momentos diferentes en la despedida de nuestro ser querido.
Cuando hablamos de sepelio nos referimos a todos los actos de despedida que se realizan previo al entierro o la cremación de la persona. Estos momentos sirven para poder honrar a la persona fallecida y que su despedida sea digna, acompañada de quienes lo quieren. Para esto es necesario contratar un tanatorio, quienes llevarán adelante el velatorio y toda la ceremonía que elijamos realizar.
Hay sepelios religiosos y sepelios civiles. En los primeros se suelen llevar a cabo ceremonias o misas, mientras que en los civiles se aleja de los ritos religiosos y solo se les propone a familiares y amigos si quieren decir unas palabras para despedirse del difunto.
Los sepelios pueden ser privados, de un grupo pequeño, sencillos, de muchas personas, abierto a todas las personas que quieran ir. Todo esto dependerá de las preferencias de los familiares y los deseos que expresó el difunto. Los gastos de sepelio los cubre la familia o corren por la compañía aseguradora donde haya contratado el difunto su seguro de deceso.
Hay muchas personas que deciden pagar el entierro en vida: contratan un seguro de deceso y así evitan que los familiares deban hacerse cargo de ese momento, con una suma económica que quizás no les es fácil conseguir.
¿Cuál es la diferencia entre sepelio y funeral?
Debemos tener en cuenta que el sepelio incluye aquellos actos que queramos realizar para despedirnos de la persona antes de su entierro. Pero el funeral comprende todos los pasos que se realizan desde el momento del fallecimiento y pueden terminar incluso después del entierro o cremación.
Por lo tanto, el funeral conlleva otros gastos como puede ser de cremación, entierro, la preparación del cuerpo, los trámites legales, la póliza del seguro, etc.
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¿Cuánto sale un servicio fúnebre?
Si contamos el servicio fúnebre, el velatorio y certificados por la persona fallecida, estamos hablando de gastos por encima de los 100 mil pesos argentinos (2022). Es difícil establecer un número exacto, pero es un buen aproximado. Es necesario saber que la muerte de nuestros seres queridos puede generar gastos extraordinarios para la familia, a lo que se suma el ya de por sí doloroso proceso del duelo.
Según varios relevamientos, estos son los gastos promedio que tendremos que afrontar en el caso que fallezca un ser querido:
- Acta de defunción.
- Servicio fúnebre: puede incluir traslado, ataúd, acondicionamiento del cuerpo, cafetería, trámites legales, carroza fúnebre, etc.
- Aviso fúnebre.
- Placa de mármol.
- Parcela / Nicho.
- Velatorio.
- Cremación.
- Inhumación.
- Ofrendas florales.
Además de todos estos gastos, también tenemos que mencionar el gasto sucesorio. Quizás una persona tiene muchas propiedades, pero si estas no tienen liquidez, entonces no deja dinero suficiente para cubrir los costos de la sucesión y estos pueden llegar a ser altos.
Veamos algunos ejemplos:
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En Ciudad de Buenos Aires:
- Tasa de Justicia: es el 1,5% de los bienes transmitidos.
- Edictos en el Boletín Oficial, cerca de los $600. En diarios de gran tirada puede salir entre unos 30 y 45 mil pesos.
- Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes: hasta el 15% de los bienes transmitidos.
- Registrar el testamento en el colegio de abogados: $500.
- Registrar el testamento al colegio de escribanos: $600.
- Bono al Colegio de Abogados: $300.
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El seguro de vida
Frente a todos estos gastos, contratar un seguro de vida no parece ser mala idea. Puede ser tomado también como un ahorro, ya que los costos cuando una persona querida fallece puede superar tranquilamente el valor de un salario completo.
Tener un seguro de vida nos permite protegernos ante situaciones que sean inesperadas y que provoquen la interrupción de los ingresos de una casa, un accidente, invalidez e incluso enfermedades graves. También encontraremos seguros que brindan coberturas por fallecimiento, por cualquier causa, se renueva anualmente.
¿Qué beneficios tiene un seguro de vida?
- Proteger a nuestros seres queridos, brindándoles una seguridad con respecto al ingreso de dinero.
- Protegernos de una situación inesperada, que produzca la interrupción de los ingresos. Ya sea un accidente, invalidez o enfermedades graves.
- Tener cubiertos los gastos más urgentes ante un fallecimiento.
- Pagar los impuestos de sucesiones.
- Se puede deducir del impuesto a las ganancias.
- Nos brinda tranquilidad.
Asistencia de Anses a familias de un fallecido
Es importante saber que cuando muere un familiar en Argentina, Anses otorga un subsidio a la familia para ayudar con los gastos del sepelio. Se puede pedir durante el año desde que falleció la persona y el trámite puede realizarse desde su página Web.
Se llama “Subsidio de contención familiar” y consiste en una suma de dinero para pagar los gastos de sepelio.
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¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
El subsidio de contención familiar se paga por el fallecimiento de:
- Beneficiarios del Régimen Nacional para trabajadores en relación de dependencia.
- Beneficiarios de Cajas Provinciales.
- Beneficiarios de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
- Personas fallecidas por COVID a partir de agosto de 2020 que estaban desocupadas, trabajaban en economía informal, estaban inscriptas en categorías “A” y “B” para pequeños contribuyentes, trabajadores de casas particulares, titulares de la Asignación por Embarazo, titulares de la Asignación Universal por Hijo.
¿Quién puede cobrar el subsidio de contención familiar?
- Quienes hayan pagado ya los gastos de sepelio.
- Personas con derecho a pensión por el fallecimiento del beneficiario.
- Los herederos y herederas de la persona fallecida.
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